Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado por la REINA MERCEDES BARRIOS RANGEL, ya identificada, contra el acto administrativo contentivo de certificación de incapacidad, emanada del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS), DIRECCIÓN GENERAL DE AFILIACIÓN Y PRESTACIONES EN DINERO,