DISPOSITIVA
En atención a todas y cada una de las argumentaciones que preceden; esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto, por los Abogados ISKREY PEREZ RINCONES Y DOUGLAS SANTANA, en su condición de Defensores Privados del ciudadano OSCAR ENRIQUE INFANTE CASADIEGO titular de la cedula de identidad V-6.730.795, todo de conformidad con lo establecido en el artículos 432 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE ADMITE el recurso de apelación presentado en fecha quince (15) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), por los Abogados ISKREY PEREZ RINCONES Y DOUGLAS SANTANA, en su condición de Defensor Privado del ciudadano OSCAR ENRIQUE INFANTE CASADIEGO, contra la decisión dictada en fecha dos (02) de noviemb.....