D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Homologado el Convenimiento, a los fines de que alcance el carácter de definitivamente firme y ejecutiva, realizada entre los ciudadanos ROSANGEL SANCHEZ MARTINEZ y JOSÉ GREGORIO ESTRADA, plenamente identificados en autos, en su carácter de progenitores del adolescente y la niña (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITEN DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES). De conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente, con arreglo al articulo 369 ejusdem. Exhortando al padre plenamente identificado a cumplir de buena fe y responsablemente con el acuerdo contenido en la descrita acta.---------------
Publíquese, regístrese.....