En virtud de las declaratorias precedentemente señaladas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto con fundamento en lo dispuesto en el artículo 447 ordinales 4° y 5° del Código Orgánico Procesal Penal, por la ABG. HELENNY JOHANA GUILARTE CENTENO, en su condición de Fiscal Quinto del Ministerio Público del Estado Monagas, contra la decisión dictada en fecha 25 de noviembre de 2009, por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo, para el momento, de la Juez ABG. FLOR TERESA CAROLINA VALLES MORA, en el asunto principal Nº NP01-P-2009-000256.
SEGUNDO: NO SE FIJA AUDIENCIA ORAL por considerar este Tribunal de Alzada que, no es necesario ni útil para el trámite del recurso de apelación.
Publíquese, regístrese, guárdese c.....