Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 16 de noviembre de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay; y en consecuencia SE CONFIRMA la anterior decisión. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos ÁNGEL ZAPATA, HÉCTOR JOSÉ MORENO ÁLVAREZ y ELIS SAÚL RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, en contra de la sociedad mercantil ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C.A. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.