Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 25 de noviembre de 2014, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay; y en consecuencia SE MODIFICA, la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano MIGUEL ÁNGEL HERRERA GUAITA, ya identificado, en contra de la sociedad mercantil INDUSTRIAS OREGON, C.A., ya identificada, y en consecuencia SE CONDENA a la accionada, a cancelar a la demandante la suma determinada en la motiva del presente fallo. TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay conde.....