Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la parte actora contra de la decisión dictada en fecha 13 de enero de 2020, por el Juzgado Primero de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE REVOCA, la anterior decisión. TERCERO: SE REPONE la causa al estado en que el Juzgado A quo, fije oportunidad para la celebración de la prolongación de la audiencia de juicio. CUARTO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.