Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los Ciudadanos: ALEXANDRA CAROLINA MOLINA SOSA y OSMEL YUGER AVILA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V- 19.136.405 y V- 13.018.815, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal, que contrajeron, en fecha: veintidós (22) de Julio del (2005) según se evidencia de la CERTIFICACIÓN del Acta de Matrimonio expedida por del Registro Civil del Municipio José Félix Ribas , La Victoria del Estado Aragua, la cual se encuentra inserta bajo el Acta Nº 170 , en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por dicho despacho; Dicha certificación del Acta de Matrimonio fue con.....