Mediante la cual se Sanciona en aplicación del procedimiento de ADMISIÓN DE LOS HECHOS, al joven: IDENTIDAD OMITIDA, identificado en autos, a cumplir TRES (03) MESES DE REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ordena DIVIDIR LA CONTINENCIA DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 1° del Artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal a los fines de imprimir celeridad al proceso que se sigue al imputado: IDENTIDAD OMITIDA, identificado en autos.