Este Tribunal Superior Segundo del Trabajo, en Sede Constitucional, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO interpuesta por el abogado JOSÉ RICARDO MORILLO ESCALANTE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 123.429, actuando como apoderado judicial de la entidad de trabajo SENDERKIA, C.A., contra el Juez a cargo del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Abg Juan Carlos Blanco. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.