DECISION
Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay, y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE, la solicitud de INSPECCION OCULAR, presentada por el abogado ARGENIS VILLANUEVA, venezolano, inscrito en el Inpre-abogado bajo el número Nº 37.759, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana SUBDELINA DEL CARMEN ROSALES DE PINTO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 4.717.608. Y Así se decide.-