RESOLUCIÓN/ACLARATORIA JUST. TEST. CARGA FAMILIAR DH/Se dictó resolución en la cual este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a los fines de garantizar una Tutela Judicial Efectiva sin dilaciones indebidas, tal como lo establece el artículo 26 en concordancia con el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, subsana el error suscitado en el fallo dictado por este Despacho en fecha veinte y uno (21) de marzo de dos mil doce (2012), donde se lee: "¿El niño; SE OMITE LA IDENTIFICACION, de un (01) año de edad¿", lo cual es incorrecto, debe decir: "¿El niño; SE OMITE LA IDENTIFICACION, de un (01) año de edad¿", que es lo correcto. En consecuencia, se subsana dicho error, de conformidad con lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, la presente ACLARATORIA formará parte integral de la referida Sentencia.