En consecuencia este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, PRIMERO: le imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos expuestos por las partes en dicho convenimiento presentada por ante este Tribunal en fecha 06 de abril de 2022, de conformidad con lo establecido en el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil, se ordena proceder como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada; SEGUNDO: como consecuencia de lo anterior se declara RECONOCIDO EL CONTENIDO Y FIRMA de DOCUMENTO PRIVADO, suscrito por los ciudadanos JISEL SABRINA POLANCO DE CUBIRO y CARLOS JOSE CUBIRO REVEROL, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, este domicilio, titulares de las cedulas de identidad Nro. V-21.465.199 y V-20.117.001, respectivamente, y el ciudadano ALDO EMIGDIO TORRE.....