Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley; ACUERDA la sustitución de la Medida de Privación de Libertad que recae sobre el acusado JEAN CARLOS LA ROSA, titular de la cédula de identidad N° V-16.250.337; dictada en fecha 03/12/2008 por el Juzgado Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal; por las Medidas Cautelares Sustitutivas contenidas en los numerales 03 y 08 del artículo 256 de nuestra Ley Adjetiva Penal; las cuales se refieren a la presentación ante el Alguacilazgo de este Edificio Judicial, cada OCHO (08) DIAS y el compromiso de DOS (02) FIADORES. Todo por haber expirado la prorroga de tres (03) meses para el mantenimiento de la privación de libertad en la persona del aludido acusado, ordenada bajo el amparo del artículo 244 ejusdem, por este Tribunal en fecha 26/01/2011. Se hace la salvedad de que la emisión de la Bole.....