Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho, declaraINADMISIBLE la presente demanda de Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal, presentada por la ciudadanaMARIBEL GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N°V-7.256.042y de este domicilio, debidamente asistida por el abogadoen ejercicio Julio Cesar Briceño Hernández, Inpreabogado N° 212.630, contra el ciudadanoJOSÉ LUIS GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y cédula de identidad N° V-2.753.016, por ser contraria a derecho puesto que va en contra de lo dispuesto en los artículos 340 y 341 del Código de Procedimiento Civil.