III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, que fue opuesta por la parte demandada en el presente juicio de Cumplimiento de Contrato.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la especial naturaleza de la incidencia.
TERCERO: Se ordena declinar el conocimiento de la presente causa al Juzgado Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario con sede en la ciudad de Cagua. Envíese en su respectiva oportunidad.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de P.....