Por las consideraciones antes hechas este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aplicación de la norma contenida en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y bajo el amparo de los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara: PRIMERO: La INADMISIBILIDAD DEL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD conjuntamente con Medida Cautelar de Innominada de suspensión de efectos, incoado por la abogado TYHANI CASARES, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 79.548., en su carácter de apoderada judicial de la entidad de trabajo SERAVIAN C.A., en contra de la Providencia Administrativa N° 00499, de fecha 28 de octubre de 2016, contenida en el expediente 043-2016-01-03658, emanada la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio.....