Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la
Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y
por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la demanda que por motivo de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentó la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA ARAGUA 2.000, C.A, a través de su vice-presidente y representante legal, ciudadano LUIS FERNANDO TOMMASO GOYA, asistido en este acto por el Abogado en ejercicio ANTONIO MELENDEZ, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 67.416, en contra de la ciudadana MIREYA COROMOTO GUTIERREZ RIVAS, ésta en su carácter de arrendataria y el primero de los nombrados en su carácter de arrendador de un inmueble consistente en un apartamento destinado a vivienda, situado en la Calle Vargas Norte, Edificio Tufano, Tercer Piso, Apartamento N° 12, jurisdicción del.....