Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de    los   Municipios   Girardot   y   Mario  Briceño   Iragorry  de  la 
Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela   y 
por Autoridad de la Ley, declara   SIN LUGAR, la demanda que por motivo de  RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentó  la Sociedad  Mercantil INMOBILIARIA ARAGUA 2.000, C.A, a través de su vice-presidente y representante legal, ciudadano LUIS FERNANDO TOMMASO GOYA, asistido en este acto por el Abogado en ejercicio ANTONIO MELENDEZ, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 67.416, en contra de  la ciudadana MIREYA COROMOTO GUTIERREZ RIVAS, ésta en su carácter de arrendataria y el primero de los nombrados en su carácter de arrendador de un inmueble consistente en un apartamento destinado a vivienda, situado en la Calle Vargas Norte, Edificio  Tufano, Tercer Piso, Apartamento N° 12, jurisdicción del.....