Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación de autos interpuesto por el ciudadano JONATHAN JESÚS VERA GUARDO, abogado en ejercicio e inscrito en inpreabogado bajo el Nº 105.532, en su carácter de defensor del ciudadano: JHON ANDRES DURÁN CÁDIZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.966.109, en contra de la decisión dictada el 13 de mayo de 2014, por el Juzgado Undécimo (11°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró improcedente la solicitud interpuesta por la defensa en el sentido que se tomara declaración al imputado de autos.
En consecuencia, esta Sala acuerda resolver sobre el recurso de apelación interpuesto, dentro del lapso a que se contra.....