Por las razones anteriores de hecho y de derecho, este Juzgado ordinario de Municipio, y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara CON LUGAR el Ofrecimiento de Obligación de Manutención, presentada por el ciudadano ARMANDO JOSE SOTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número 14.858.718 y domiciliado en la vía principal Quiriquire, sector el 18, Calle principal, Municipio Punceres, Estado Monagas a favor de sus hijos (Cuyas Identificaciones se omiten de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), quienes son los beneficiarios en la presente acción, domiciliados en Quiriquire, Municipio Punceres del Estado Monagas y decide: