Al hilo de lo antes expuestos, este Juzgado Segundo
de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara " SIN LUGAR " las Cuestiones Previas de los Ordinales 11° y 3° del Artículo 346, del Código de Procedimiento y " CON LUGAR " la Cuestión Previa, del indicado Artículo, signada con el N° 6° del citado Código en concordancia con el Artículo 340 Ordinal 2° y Ordinal 7° eiusdem, interpuesta por el ciudadano UBALDO ALFINGER RIVAS MARIÑO, asistido por la Abogado JANETH A. RODRIGUEZ VALERO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 37.532, por la acción de DESALOJO, intentada por la ciudadana YOLANDA MARGARITA MARTINEZ PERILLO, asistida por la Abogado CARMELA MONTES PERILLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el.....