Por todas las evidencias y razones aquí expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, SEDE LA VICTORIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR LA DEMANDA que por CALIFICACIÓN DE DESPIDO incoara el ciudadano WILMEN JOHAN GARCÍA FLORES, contra la Sociedad Mercantil SU HIELO C.A., plenamente identificados en autos. No hay condenatorias en costas dada la naturaleza del caso. PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA. DADA, FIRMADA, SELLADA, A LOS DIECIOCHO (18) DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DOCE (2012), AÑOS 202° DE LA INDEPENDENCIA Y 153° DE LA FEDERACIÓN.