DECISION
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos FRANCIA CELESTE ROMERO BLANCO y RICHARD JOSE COLMENARES SANDOVAL, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.533.125 y V-13.519.326, respectivamente.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha Quince (15) de Septiembre de 1999, contrajeron Matrimonio Civil por ante la autoridad del Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua del Estado Aragua en la República Bolivariana de Venezuela, quedando inserta bajo el N° 310, tomo B, año 1999.
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