DE LA DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en La Victoria, Administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, efectuado el 14/07/2025 entre las partes a través de sus Representantes Judiciales, en los términos acordados en la presente diligencia, cursantes a los folios 69, 70, 71 con sus vueltos, y de conformidad con lo previsto en los artículos 263 y 363 del Código de Procedimiento Civil, contentivo al juicio de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO Y CONTENIDO DE FIRMA incoado por el ciudadano SAMUEL BASILIO SANCHEZ BRICEÑO en contra de los ciudadanos BASILIO SANCHEZ ARANGUREN y EDGAR PAULINO SANCHEZ ARANGUREN, arriba identificados; SEGUNDO: Se acuerda oficiar a la Oficina Subalterna de .....