Por los razones, motivos y argumentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:LEVANTAR MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada por este Juzgado en fecha 31 de enero de 2.017 sobre, Un treinta y tres con treinta y tres por ciento (33%) de los derechos de propiedad que le corresponden a la parte demandada ciudadano KELVIS DE JESUS RODRIGUEZ FREITES, titular de la cedula de identidad Nº V-3.846.558, de un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el número 65, Planta Tipo Nº6 del edificio RESIDENCIAS LOS PINOS, el cual se encuentra ubicado en la urbanización Base Aragua, parcela Nº A-8, en Maracay, Estado Aragua, con un área de OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CUARENTA CENTIMETROS CUADRADOS (82,40 MTS2), se encuentra comprendido dentro de los sigui.....