Con los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua, impartiendo justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: Primero: SE ADMITE la recusación interpuesta por el ciudadano Juan José Carvallo, en su carácter de Investigado, asistido por el abogado Juan Parra, ambos debidamente identificados, en contra de la ciudadana abogada Katherine Bello Soto, en su condición de Jueza suplente del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del circuito judicial con competencia en materia de delitos de violencia contra la Mujer del estado Aragua. Segundo: SIN LUGAR la recusación interpuesta por el ciudadano Juan José Carvallo, en su carácter de Investigado, asistido por el abogado Juan Parra, ambos debidamente identificados, en contra de la ciudadana abogada Katherine Bello Soto, .....