PUNTO PREVIO: Se declara SIN LUGAR, las excepciones consignadas en fecha 11-08-22 por parte de la Defensa PRIVADA ABG. MAHATMA BLANCO por considerar quien aquí decide que la acusación presentada por la Fiscalía del Ministerio Público reúne los requisitos establecidos en el artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo en cuanto a la solicitud de la nulidad de las cadenas de custodias Se Niega ya que es un error material y no está alterando los resultados ya que existe la solicitud por parte del Ministerio Público con las fechas de la experticia y de las actas procesales con las fechas correspondientes PRIMERO: Se Admite la acusación presentada por la Fiscalía 30° del Ministerio Publico del Estado Aragua en contra de los imputados: HENRY JOSE ALVARADO FERNANDEZ Y YENSY OMALY BOCARANDA SANCHEZ , por los delitos de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTE Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 149 primer aparte de .....