PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer y decidir, el presente recurso de apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por el abogado YORGENIS PAREDES, en su condición de REPRESENTANTE LEGAL DE LAS VICTIMAS, en contra de la decisión dictada y publicada en fecha Doce (12) de Junio del año dos mil veinticinco (2025), por el TRIBUNAL TERCERO (03°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, en la causa Nº 3J-3609-2024 (Nomenclatura interna de ese Despacho).
TERCERO: Se decreta la NULIDAD ABSOLUTA, de la decisión dictada por el TRIBUNAL TERCERO (03°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, en fecha Doce (12) de Junio del año dos mil veinticinco (2025), en la causa signada bajo el Nº 3J-3609-2024 (Nomenclatura interna de ese Despacho), mediante el .....