PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de Regulación de competencia interpuesta por las ciudadanas JENNY CAROLINA CORRALES PEÑA y LUZMELIA BORJES, parte actora. SEGUNDO: Se Confirma la Declinatoria de Competencia dictada por la DRA. MARIA ELENA BRAVO R., Juez en funciones del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial Laboral del Estado Aragua, en fecha 17 de Julio de 2008. TERCERO: Se ordena remitir el expediente para su distribución entre los Juzgados de Primera Instancia de Protección del Niño, Niña y el Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.