CUARTO
DE LAS FORMULAS DE PRE LIBERTAD
Conforme a lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, la Formulas Alternativas de Cumplimiento de Pena, a las cuales podrá optar el penado, previo cumplimiento de los requisitos de Ley son las siguientes:
DESTACAMENTO DE TRABAJO: La cuarta parte de la pena de CUATRO (04) AÑOS, en el presente caso es UN (01) AÑO y como quiera que el penado ha cumplido de la pena un tiempo de NUEVE (09) MESES y SIETE (07) DÍAS, es por lo que a partir del día 11 de Diciembre de 2.008 podría optar al otorgamiento de esta medida, previo cumplimiento de los requisitos de Ley.
RÉGIMEN ABIERTO: La tercera parte de la pena de CUATRO (04) AÑOS, es al transcurrir UN (01) AÑO y CUATRO (04) MESES y como quiera que el penado ha cumplido de la pena impuesta un tiempo de NUEVE (09) MESES y SIETE (07) DÍAS es por lo que a partir del día 11 de Abril de 2009, podría optar al otorgamiento de esta medida, previo cumplimiento de los requisito.....