´ Corolario de lo anterior, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Procedente la solicitud de aclaratoria (rectificación) de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 06.11.1986 solicitada por la ciudadana FLOR CECILIA PEREZ FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-7.245.346, actuando en su condición de viuda de quien en vida fuera JOHNNY JESUS DEL NERO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-3.842.407, debidamente asistida por la Abogada DAYNELT KARELY ESCARAY PULIDO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°251.540. SEGUNDO: como consecuencia del particular anterior, se aclara, rectifica y modifica el PRIMER nombre del ciudadano JOHNNY JESUS DEL NERO BRICEÑO, ya identificado, el cua.....