Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer y decidir la presente demanda por IRREGULARIDAD ADMINISTRATIVA incoada por los ciudadanos ENDRI ELEAZAR OLIVARES RUIZ y MARIA JOSE NAVARRO RUIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V.-23.798.797 y V.-16.269.232, respectivamente, dirigiendo su pretensión en contra de la Sociedad Mercantil "ELECTRIC CONTROL, C.A." inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha 02/11/1993, bajo el N° 21, Tomo 591-B.
SEGUNDO: SE ESTABLECE como Tribunal competente para sustanciar el presente juicio al JUZGADO DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICI.....