Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte accionante,  contra la decisión de fecha 28 de mayo de 2025, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en La Victoria, en consecuencia SE REVOCA el fallo apelado. SEGUNDO: Se REPONE LA CAUSA al estado en que el referido tribunal fije una nueva oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio prevista en el artículo 70 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.