-III-
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestos, y en mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente procedimiento por DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por la Ciudadana, ELIS ARISTEA ORTEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.898.175, asistida por la abogada, ADDA MEDINA LÒPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.281.402 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 198.519. SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil......