Por todo lo anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: SE CONDENA al acusado: LUIS RAMON GONZALEZ BENITEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-15.336.394, Venezolana, Natural de Maturín del Estado Monagas, nacido en fecha 27-02-1979 de 31 años de edad, Estado Civil: hijo de madre CARMEN JOSE FINA BENITEZ (v) y LUIS BELTRAN GONZALEZ (F),a cumplir la pena DOS (02) AÑOS ONCE (11) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION, mas las accesorias previstas en el Articulo 16 del Código Penal Venezolano, es decir inhabilitación política durante el tiempo de la condena, por haber sido CONDENADO por la comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los artículos 41 en su encabezamiento y tercer aparte y 42 en su encabezamiento, con las agravantes establecidas e.....