Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en sede civil, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por TERCERIA intento FELIX MANUEL TINEO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-581.036, contra Sociedad Mercantil CARGUA C.A. .-. SEGUNDO: Se declara al ciudadano FELIX MANUEL TINEO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-581.036, con derecho para poseer el inmueble ubicado en la Avenida Bolívar Oeste N° 248, de esta ciudad de Maracay, Estado Aragua..TERCERO: Se declara la existencia de un fraude procesal en el juicio contenido en la pieza principal del expediente N° 42119 , nomenclatura interna de éste Juzgado, que intento la Sociedad Mercantil Sociedad Mercantil INVERSIONES CARGUA C.A., inscrita.....