Por los fundamentos expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio por ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA, incoado por el ciudadano RICARDO GUILLERMO GUERRA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.388.448, y de este domicilio, debidamente asistido por el abogada en ejercicio DALVYS LEDEZMA ZERPA, inscrito en El INPREABOGADO bajo el número 43.845, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES LA ROSA. C,A. inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Bajo el N°66, tomo 357-B del año 1990. Asimismo, se ordena la desincorporación del presente expediente y su respectiva remisión al Archivo Judicial.