DISPOSITIVA
Oídas las exposiciones de las partes, revisadas las actuaciones que integran la causa N° 8C-24.897-21, este Tribunal octavo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley publica el cuerpo integro de la decisión en los siguientes términos: PRIMERO: Este Tribunal se declara COMPETENTE para conocer y decidir sobre el presente asunto penal de conformidad con lo establecido en el artículo 66 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN penal ejercida en fecha 01-08-2024 por la fiscalía 15° en su oportunidad legal en contra del imputado ERICKSEN JOSÉ CAIRA GUTIÉRREZ, titular de la cedula de identidad V-18.084.111 por el delito de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el artículo 413 concatenado con el artículo 416 del Código Penal, con el agravante prevista en el artículo 217 de l.....