Por lo antes expuesto, este Tribunal ACUERDA que a partir de la presente fecha los acusados ELVIS ENRIQUE VEAS y MIGUEL ANGEL HERNANDEZ se presenten por ante el Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, cada QUINCE (15) DÍAS, y no cada ocho como lo venían realizando; manteniéndose incólume el resto de las condiciones impuestas en su debida oportunidad legal y relacionadas con la Medida Cautelar como tal.-