este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil le imparte su homologación, conforme los términos contenidos en la misma. Asimismo, se da por terminado el presente juicio y se ordena su desincorporación y consecuente remisión al archivo judicial.
EL JUEZ TITULAR,
ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO,
ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ
RCP/AH/er
EXP Nº 13.019