esta Sala 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JOSÉ ALÍ RAMÍREZ LUISI, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 118.024, en su carácter de defensor del ciudadano JOAN MANUEL RAMÍREZ LUISI, en contra de la Decisión dictada por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 07 de octubre de 2009, mediante el cual decretó en contra del referido ciudadano Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido en los artículos 250 numerales 1, 2 y 3, 251 numerales 2 y 3 Parágrafo Primero, del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal. Queda en estos tér.....