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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio 185 del Código Civil, adminiculado a la Sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia N° 693, de fecha 2 de Junio de 2015, relacionada con el expediente N° 12-1163, presentada por los ciudadanos RAQUEL CAROLINA CERRAS MARTÍNEZ y EDGAR HUMBERTO CAMPEROS HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros.V-13.899.371 y V-12.319.889 respectivamente, la primera representada judicialmente por los abogados ANNELYS DE LAS MERCEDES PARRA DE MUÑOZ y JUAN PABLO ZEIDÉN MARTÍNEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.240.801 y 68.202 respectivamen.....