D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulada por la ciudadana LUIS ENRIQUE PALMA GIRON, identificado con la cédula de identidad Nro. V-12.113.056, contra la ciudadana MIGUELINA BRICEÑO PACHECO, identificada con la cédula de identidad Nro. V-12.139.828, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día Siete (07) de Febrero del año 1997, por ante el Registro Civil del Municipio autónomo Girardot, del Estado Aragua, según evidencia del acta de Matrimonio N° 21, folio 43 y 44 y, Año 1997, Con fundamento en la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, dictada en el expediente N° 1070, de fecha .....