En atención a todas y cada una de las argumentaciones que preceden; esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del recurso de apelación de auto interpuesto, por las profesionales del derecho BETSABE HERRERA RATH y CARMEN GAMEZ, en su condición de defensas privadas del ciudadano MOISES SAMUEL ARROYO RIVAS, todo de conformidad con lo establecido en el artículos 432, 440 y 441 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE ADMITE el recurso de apelación presentado en fecha veintiuno (21) de octubre del dos mil veinticuatro (2024), presentado por las profesionales del derecho BETSABE HERRERA RATH y CARMEN GAMEZ, en su condición de defensas privada del ciudadano MOISES SAMUEL ARROYO RIVAS, contra la decisión dictada y publicada el quince (15) de octubre d.....