Por todos los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, SANTA BARBARA Y AGUASAY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 772 y 774 del Código de Procedimiento Civil y artículo 153 de la Ley Orgánica de Registro Civil, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la Ciudadana MARIA VIRGINIA MEDINA NUÑEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-14.423.264, numero telefonico: 0424-9117591, correo electrónico: mvirginiamedina@gmail.com, domiciliada en la Urbanización San Miguel, Sector Sinamaica, Casa Nro. 16, Parroquia Boquerón, Municipio Maturín, Estado Monagas; asistida por el Abogado en ejercicio LUIS GUILLERMO YNAGA ROMERO, Venezolano, mayo.....