DISPOSITIVA
Este Tribunal Unipersonal Segundo de Primera Instancia en función de Juicio de la Sección Penal de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara CULPABLE Y RESPONSABLE PENALMENTE a XXXXXXXXX, por la presunta comisión del delito de VIOLACION PRESUNTA, previsto en el artículo 374 ordinal 1º del Código Penal Venezolano y lo sanciona a cumplir las medidas de PRIVACIÓN DE LIBERTAD por el lapso de CUATRO (04) AÑOS, Y LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (1) AÑO, previsto en los artículos 628 Y 626 respectivamente de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de manera SUCESIVA. Déjese transcurrir íntegramente el lapso establecido en los artículos 453 del Código Orgánico Procesal Penal, Diarícese, publíquese y déjese copia de la misma
LA JUEZ,
Dra. JUDITH SAN MARTIN .....