Este Tribunal Octavo en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite parcialmente la acusación presentada, por la Fiscalía Novena del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Aragua Estado Aragua en fecha 27/08/2018, cambia el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el articulo 5 y 6 numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 6 en la ley sobre el hurto y robo de vehículo automotores, por cuanto los hechos se subsumen en el tipo penal del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el articulo 5 y 6 numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 6 en la ley sobre el hurto y robo de vehículo automotores, toda vez que de las actas procesales se evidencia que no existe experticia de vehículo, avaluó real de vehículo recuperado, ni arma de fuego alguna. SEGUNDO: Se admiten los med.....