Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por los ciudadanos Gianny Johan José Rodríguez, Cesar Humberto Veloz y Juan Carlos Gómez, asistido por la abogada Carla Coll, en consecuencia, ANULA el fallo dictado, el 08 de noviembre de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria. SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado en que el precitado órgano judicial, según lo expuesto en este fallo, examine la admisibilidad o no de la acción de amparo, a tal efecto, ORDENA remitir del presente expediente.