Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Municipio de Mediación y Ejecución del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en la Ciudad de Villa de Cura, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, FALLA lo siguiente: PRIMERO: se declara CON LUGAR la solicitud de INSERCIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO presentada por el ciudadano PEDRO RAMÓN IZZO HIDALGO, venezolano, de mayoridad, civilmente hábil, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad Nro: 2.515.748. SEGUNDO: se ordena al Registrador Civil del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Aragua que proceda a realizar la INSERCIÓN del Acta de Nacimiento del ciudadano JESÚS IZZO MAURE, titular de la cédula de identidad Nro: V- 308.032, de cujus, solicitada por su hijo PEDRO RAMÓN IZZO HIDALGO, venezolano, de mayoridad, civilmente hábil, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad Nro: 2.515.74.....