IV
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION, interpuesta por el abogado Johan Manuel Ortiz Hernández, Inpreabogado N° 124.327, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, ciudadana Marisola Rosaura Mucci, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° V-5.277.838 y de este domicilio, contra la sentencia dictada el 03 de junio de 2009 por el Tribunal a quo. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha03 de junio de 2009. TERCERO: Se condena al recurrente al pago de las costas por haber resultado totalmente vencido, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. CUARTO.....